viernes, 8 de noviembre de 2013

El sismo en Granada

La principal peculiaridad de la ordenanza de conservación de edificios de Granada es el apartado del informe dedicado al sismo, en el que se establecen una serie de recomendaciones a tener en cuenta en los edificios existentes cuando éstos vayan a ser reformados o sometidos a obras, dado que los edificios de más de 50 años, que son los que están obligados a pasar la ite, son los que se construyeron con anterioridad a la entrada en vigor de norma de construcción sismoresistente alguna (actualmente tenemos en vigor la Norma de Construcción Sismoresistente NCSE-02, del año 2.002), tal y como se especifica en este artículo de edificacionesyedificios.wordpress.com.
Entonces, por diferentes apartados como son diseño, cimentación, estructura, cerramientos, fachadas, cubiertas, terrazas e instalaciones, se establecen recomendaciones en función de la situación en que se encuentren.
Es muy importante, dado que Granada sabemos que tiene especial riesgo de sismo, por lo que no está de más este apartado del informe que se incluyó en el mismo hace un año (el 12 de noviembre del año 2.012).
Es la única ciudad española que conozcamos que tiene en cuenta este tema en las inspecciones técnicas de sus edificios, pero recordemos que no es la única donde hay un riesgo especial de sismo (Murcia, Almería, Jaén, etc.), por lo que no podemos dejar de aconsejar e incluso pedir a los ayuntamientos de los municipios más afectados (y ¿por qué no también al resto?) que tengan en cuenta estos aspectos tan esenciales.
En Granada no es más que rellenar un formulario de "Señale lo que proceda" por así decirlo (como decimos los aparejadores, es un "bola roja").
Un saludo a la gente buena que me lee y hasta el próximo artículo me despido ;)